HOSPITAL AMIGO

La línea programática Hospital Amigo del Ministerio de Salud, desempeña un papel central en la estrategia de Satisfacción Usuaria y Trato Digno, ya que su enfoque se centra en la implementación de medidas de acogida, acompañamiento e información para las personas hospitalizadas a lo largo de su proceso de atención.

El Hospital de Constitución, tiene implementado el Hospital Amigo, desde el año 2014.

La implementación de Hospital Amigo se rige por la Ley de Derechos y Deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, con especial énfasis en medidas destinadas al acompañamiento.

En total, son 13 medidas que fomentan la apertura de los establecimientos de salud hacia la familia y la comunidad, las cuales son:

1. Liderazgo Institucional: La dirección del establecimiento fortalece la línea programática e insta al compromiso para contar con un Hospital certificado como “Hospital Amigo”.

2. Horarios de visitas para personas hospitalizadas: Los servicios clínicos cuentan con un horario establecido para las visitas de personas hospitalizadas.

3. Horario de entrega de información médica: Los servicios clínicos de hospitalización entregan información médica diaria en un horario establecido al familiar o persona responsable.

4. Identificación visible para personas hospitalizadas: El establecimiento cuenta con sistemas visibles de identificación para las personas hospitalizadas considerando su nombre social.

5. Identificación Institucional del funcionario/a del establecimiento de salud: Los funcionarios/as portan un sistema de identificación institucional, legible y visible.

6. Entrega de información médica en Unidades de Emergencia Hospitalaria: Las unidades de emergencia hospitalaria entregan información oportuna, veraz y comprensible sobre el estado de salud del paciente a familiar o persona responsable.

7. Alimentación asistida para personas hospitalizadas: Los servicios clínicos de hospitalización cuentan con autorización para la alimentación asistida a personas que lo requieran de acuerdo con su condición clínica e indicación médica.

8. Incorporación de la familia o persona responsable al egreso hospitalario: Los servicios clínicos incorporan a la familia o persona responsable durante el egreso del paciente.

9. Acompañamiento de niños, niñas y adolescentes hospitalizados: El establecimiento cuenta con acompañamiento diurno y nocturno de niños, niñas y adolescentes.

10. Acompañamiento significativo para mujeres o personas gestantes: El establecimiento cuenta con acompañamiento significativo para mujeres o personas gestantes durante el proceso de parto.

11. Acompañamiento diurno y nocturno a personas mayores, personas con dependencia y/o personas con discapacidad: Los servicios clínicos de hospitalización cuentan con acompañamiento diurno y nocturno para las personas mayores, personas con dependencia y personas con discapacidad que lo requieran de acuerdo con su condición clínica e indicación médica.

12. Acompañamiento espiritual a personas hospitalizadas: El establecimiento permite el acompañamiento espiritual con sentido intercultural a personas hospitalizadas que lo requieran y soliciten.

13. Acompañamiento diurno y nocturno en etapa final de vida: El establecimiento cuenta con acompañamiento significativo diurno y nocturno para personas que se encuentran en etapa final de vida.